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organismo dependiente del ministerio de trabajo y asuntos sociales al que en materia de prevencion de riesgos laborales se le asigna la funcion de vigilancia y control de la normativa y en concreto vigilar el cumplimiento de las normas juridico tecnicas que incidan en las condiciones de trabajo proponiendo a la autoridad laboral las oportunas sanciones informar a las empresas y trabajadores sobre la manera mas efectiva de cumplir las obligaciones que les incumben elaborar informes a peticion de los juzgados de lo social en los procedimientos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales informar a la autoridad laboral sobre los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que considere necesario comprobar y favorecer el cumplimiento de las obligaciones asumidas por los servicios de prevencion y finalmente ordenar la paralizacion de los trabajos cuando sea necesario
Fecha: 08-10-2008
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