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mecanismo de caracter voluntario y alternativo a los propios de la administracion de justicia para dirimir los conflictos entre empresario y trabajador solo puede emplearse para solucionar controversias de caracter individual si se refiere a la aplicacion o interpretacion de disposiciones convencionales y si ha existido un sometimiento expreso de ambas partes al proceso arbitral
Fecha: 08-07-2008
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